La Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos para el Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave, en su artículo 79, señala que se encuentran obligados a presentar declaración de situación patrimonial ante la Contraloría General:
En el Poder Ejecutivo Estatal: Los servidores públicos, desde el nivel de Jefe de Departamento hasta el Gobernador del Estado, y en general todos los que manejen fondos públicos.
En la Administración Pública Paraestatal: Directores Generales, Gerentes Generales, Subdirectores Generales, Subgerentes Generales, Directores, Gerentes, Subdirectores y servidores públicos equivalentes de los órganos descentralizados o desconcentrados, empresas de participación estatal mayoritaria y sociedades, asociaciones asimiladas y fideicomisos públicos.
También deberá presentarla el personal de confianza que preste servicios de asesoría, de carácter profesional o técnico y sus equivalentes.
El artículo 80, de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, establece tres tipos de declaraciones:
Inicial.- Se debe entregar dentro de los sesenta días naturales siguientes a la toma de posesión. En esta declaración deberá manifestar la totalidad de su patrimonio a la fecha de toma de posesión, es decir, bienes inmuebles, muebles, vehículos, ganado o productos agrícolas, así como los ingresos y egresos mensuales, las cuentas bancarias y gravámenes, del servidor público, cónyuge y/o dependientes económicos.
Conclusión.- Se debe entregar dentro de los treinta días naturales siguientes al retiro de encargo. En esta declaración deberá manifestar la totalidad de su patrimonio a la fecha en que concluye el encargo, es decir, bienes inmuebles, muebles, vehículos, ganado o productos agrícolas, cuentas bancarias, gravámenes, así como los ingresos devengados, egresos, cuentas bancarias canceladas, gravámenes liquidados y venta de bienes, del servidor público, cónyuge y/o dependientes económicos, por el periodo que abarque la declaración.
Anual.- Se presenta durante el mes de mayo de cada año. En esta declaración se manifestarán sólo las modificaciones que haya sufrido el patrimonio en el ejercicio anterior. En caso de que su declaración la vaya a presentar a través de Declaraver y sea la primera vez que hace uso de este esquema, deberá manifestar por única ocasión la totalidad de su patrimonio, con corte al 31 de diciembre del año inmediato anterior.
De igual forma, dicho ordenamiento faculta a la Contraloría General para llevar el registro de la situación patrimonial de los servidores públicos obligados, a expedir las normas y los formatos bajo los cuales el servidor público deberá presentar la declaración de situación patrimonial.
En este contexto, el 10 de abril del año 2008 se emitió el “Acuerdo por el que se Establece el Procedimiento y las Normas para la Presentación de las Declaraciones de Situación Patrimonial, a través de Medios Remotos de Comunicación Electrónica”, marco jurídico que dio pauta al Sistema Electrónico de Recepción de Declaraciones Patrimoniales, con dirección electrónica www.declaraver.gob.mx, que inició operaciones el 1º de mayo de ese mismo año y a través del cual los servidores públicos mediante Internet, pueden presentar su declaración de situación patrimonial desde cualquier lugar y a cualquier hora.
Por otra parte, para apoyar en la presentación de declaraciones a través del Sistema Electrónico, la Subdirección de Ética y Patrimonio de Servidores Públicos elaboró un Manual de Usuario, cuyo objetivo es dar a conocer a los servidores públicos el funcionamiento del Sistema, permitiéndoles cumplir con su obligación en los plazos establecidos en la Ley. De “Click aquí” para ver dicho Manual.
En caso de que desee presentar su declaración de situación patrimonial a través del Sistema Electrónico de Recepción de Declaraciones Patrimoniales, de “Click aquí”.
Si desea presentar su declaración patrimonial en formato impreso, por favor imprima el formato que le aplique, en los links siguientes:
Declaración inicial (vigente hasta al 31/12/2015):
• Formato (De click aquí para imprimir el formato)
Declaración de conclusión (vigente hasta al 31/12/2015):
• Formato (De click aquí para imprimir el formato)
Declaración anual 2015:
• Formato (De click aquí para consultar e imprimir el documento)
Para mayor información al respecto, favor de comunicarse al: 01 (228) 818-45-00 Extensiones 3727 y 3742 o enviar un correo electrónico a asesoriadeclaraver@cgever.gob.mx
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