Reglas de Integridad
Estas Reglas de Integridad deberán regir la conducta de los servidores públicos al servicio de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal y constituyen una guía para identificar acciones que pueden vulnerar lo previsto en cada una de ellas.
I. Actuación Pública
El servidor público que desempeña un empleo, cargo, comisión o función, conduce su actuación con los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad, eficiencia, objetividad, profesionalismo, disciplina, integridad, transparencia, rendición de cuentas, equidad, eficacia y valores de cooperación, responsabilidad y respeto, con una clara orientación al interés público.
II. Información Pública
En el desempeño de su empleo, cargo, comisión o función, las personas servidoras públicas deben conducirse conforme a los principios y valores de transparencia, rendición de cuentas, objetividad, imparcialidad e interés público
III. Contrataciones Públicas, Licencias, Permisos, Autorización y Concesiones
El servidor público en el desempeño de su empleo, cargo, comisión o función, debe conducirse con apego a los principios de legalidad, economía, objetividad e imparcialidad y orientar sus decisiones a las necesidades e intereses de la sociedad, y garantizar las mejores condiciones para el Estado.
IV. Programas gubernamentales
El servidor público en el desempeño de su empleo, cargo, comisión, que participa en el otorgamiento y operación de cualquier tipo de apoyos a través de programas gubernamentales, garantiza que la entrega de estos beneficios se apega a los principios y valores de legalidad, transparencia, imparcialidad, respeto e igualdad y no discriminación;
V. Trámites y servicios
En el desempeño de su empleo, cargo, comisión o función el servidor público que participe en la prestación de trámites y en el otorgamiento de servicios, debe atender a los usuarios con apego a los principios y valores de legalidad, profesionalismo, eficiencia, transparencia, imparcialidad y respeto.
VI. Recursos Humanos
En el desempeño de su empleo, cargo, comisión o función el servidor público que participe en procedimientos de recursos humanos, debe apegarse a los principios y valores de legalidad, disciplina, imparcialidad, eficiencia, competencia por méritos, transparencia, igualdad y no discriminación.
VII. Administración de bienes muebles e inmuebles
En el desempeño de su empleo, cargo, comisión o función, el servidor público que participe en procedimientos de actualización de inventarios, como son registros de alta, resguardo, baja, enajenación, transferencia, o destrucción de bienes muebles, y/o de administración de bienes inmuebles, debe conducirse con apego a los principios de legalidad, honradez, eficiencia, eficacia, disciplina, transparencia y rendición de cuentas para satisfacer los objetivos a los que están destinados;
VIII. Procesos de evaluación
El servidor Público que con motivo de su empleo, cargo, comisión o función, participa en procesos de evaluación, se apega en todo momento a los principios de legalidad, imparcialidad, objetividad, transparencia, integridad y rendición de cuentas
IX. Control interno
En el desempeño de su empleo, cargo, comisión o función, el servidor público que participe en procesos de control interno, que genera, obtiene, utiliza y comunica información suficiente, oportuna, confiable y de calidad, debe apegarse a los principios de legalidad, imparcialidad, eficiencia, transparencia y rendición de cuentas.
X. Procedimiento administrativo
En el desempeño de su empleo, cargo, comisión o función, el servidor público que participe en procedimientos administrativos debe respetar las formalidades esenciales del procedimiento y la garantía de audiencia conforme a principio y valores de legalidad, imparcialidad, objetividad, integridad, igualdad y no discriminación, así como de respeto a los derechos humanos.
XI. Desempeño permanente con integridad
El servidor público que desempeña un empleo, cargo o comisión o función, debe conducir su actuación con apego a los principios y valores de legalidad, imparcialidad, objetividad, transparencia, profesionalismo, integridad, igualdad y no discriminación, entorno cultural y ecológico y equidad de género.
XII. Cooperación con la integridad
En el desempeño de su empleo, cargo, comisión o función, el servidor público debe cooperar con la Dependencia o Entidad en la que labora y con las instancias encargadas de velar por la observancia de los principios y valores intrínsecos a la función pública, en el fortalecimiento de la cultura ética y de servicio a la sociedad, y
XIII. Comportamiento digno
El servidor público en el desempeño de empleo, cargo, comisión o función se conducirá con respeto a sí mismo y a los demás, sin proferir expresiones, lenguajes o adoptar comportamientos, hostigamiento y/o acoso de carácter sexual o discriminatorio respecto a las personas con la que tiene o guarda relación en la función pública.