Gestión de riesgos.
Después de haber establecido un Ambiente de Control efectivo y eficaz, la Administración mediante una metodología de Gestión de Riesgos, debe llevar a cabo la apreciación de los riesgos mediante las actividades necesarias para su identificación, análisis y tratamiento, asegurando la toma de decisiones informadas y de manera razonable para el cumplimiento de los objetivos Institucionales.
Gestión de riesgos.
6.- El Titular del Ente en coordinación con el Coordinador del SICI y el Enlace de la Administración de Riesgos, deben definir claramente los objetivos institucionales para gestionarlos y definir su tolerancia al incumplimiento. Los objetivos institucionales deben encontrarse alineados con la misión, visión y valores, su plan estratégico, otros planes, programas aplicables y a la normatividad vigente.
Gestión de Riesgos.
7.- La Administración con el apoyo del Enlace de la Administración de Riesgos, debe identificar los riesgos en los procesos institucionales, analizar su relevancia y proponer las acciones para su tratamiento. Los riesgos deben ser comunicados a los servidores públicos del Ente.
Gestión de Riesgos.
9.- Identificar, analizar y tratar a los cambios internos y externos que puedan impactar en el Sistema de Control Interno, toda vez que estos cambios pueden generar que los controles se vuelvan ineficaces o insuficientes para alcanzar los objetivos institucionales y puedan surgir nuevos riesgos.
Gestión de Riesgos.
8.- La Administración con el apoyo del Enlace de la Administración de Riesgos, debe considerar el riesgo potencial de actos de corrupción contrarios a la integridad y gestionarlos para evitar, mitigar o compartirlos.